Corte Suprema le devuelve a Abelardo de la Espriella el uso de la bandera y símbolos patrios en campaña

La decisión se conoce a pocos días de la segunda vuelta presidencial.

A menos de dos semanas de que los colombianos regresen a las urnas para elegir presidente, una decisión judicial volvió a mover el tablero político. La Corte Suprema de Justicia dejó sin efectos la medida que impedía a Abelardo de la Espriella utilizar la bandera de Colombia y otros símbolos relacionados con su campaña electoral.

La determinación beneficia directamente al candidato presidencial, quien desde hace meses ha basado gran parte de su estrategia política en mensajes asociados al patriotismo, utilizando expresiones como “Firmes por la Patria” y “Defensores de la Patria”, además de la bandera nacional y el saludo característico de sectores militares.

La polémica surgió luego de que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá ordenara suspender el uso de esos elementos mientras estudiaba una acción judicial que cuestionaba su utilización en propaganda política.

Sin embargo, la Corte Suprema consideró que esa decisión no podía mantenerse y señaló que un juez de tutela no tiene facultades para ordenar el retiro de propaganda electoral o censurar una campaña política.

Abelardo de la Espriella en campaña| Foto: CAMPAÑA ABELARDO DE LA ESPRIELLA

Según la magistrada Marjorie Zúñiga, ponente del caso, la autoridad encargada de vigilar y controlar estos asuntos es el Consejo Nacional Electoral (CNE), entidad que ya había aprobado oficialmente tanto los logos como los eslógan utilizados por la campaña de De la Espriella.

La Corte recordó que mediante una resolución expedida en septiembre de 2025, el CNE registró legalmente el logosímbolo “Defensores de la Patria” y autorizó el uso del lema “Firmes por la Patria”.

Además, el alto tribunal advirtió que mantener la prohibición podía afectar la igualdad entre los candidatos que disputan la segunda vuelta presidencial, ya que la medida recaía únicamente sobre uno de los competidores.

Otro de los puntos que tuvo en cuenta la Corte es que el denominado saludo castrense no está catalogado como símbolo patrio y tampoco existe una norma que prohíba su uso por parte de particulares.

Con esta decisión, Abelardo de la Espriella podrá seguir utilizando durante la recta final de la campaña todos los elementos que habían sido cuestionados, mientras continúa la intensa disputa política rumbo a las elecciones presidenciales del próximo 21 de junio.

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